El Gobierno nacional avanzó en la implementación del nuevo esquema de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que redefine el acceso a la asistencia para el pago de servicios energéticos y concentra en un único régimen los beneficios para electricidad, gas natural, gas propano por redes y garrafas. La medida quedó formalizada a través de la Disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, publicada en el Boletín Oficial.
Un único régimen para los subsidios energéticos
El esquema SEF fue creado por el Decreto 943/2025, que unificó los subsidios energéticos de jurisdicción nacional bajo una sola categoría de usuarios residenciales. A partir de esta reforma, la asistencia estatal deja de segmentarse por tipo de suministro y pasa a evaluarse de manera integral a nivel del hogar. El nuevo régimen incluye los consumos de energía eléctrica, gas natural, gas propano indiluido por redes y Gas Licuado de Petróleo (GLP) envasado en garrafas de 10 kilos.
Requisitos de ingresos para acceder al beneficio
Para calificar como beneficiarios, los hogares deberán estar inscriptos en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) y acreditar ingresos netos totales iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) correspondientes a un «Hogar 2», según la medición oficial del INDEC. El ReSEF se conformará inicialmente con la información existente en el anterior Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), aunque la autoridad de aplicación podrá actualizar y depurar los datos.
Casos sociales que califican aun sin cumplir el tope de ingresos
La normativa contempla situaciones sociales específicas que habilitan el acceso al subsidio. En ese grupo se encuentran:
• Hogares con al menos un integrante que posea Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP).
• Hogares con un integrante que perciba Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
• Hogares con al menos un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD), siempre que la Secretaría de Energía determine que dicha condición implica una necesidad económica para afrontar los servicios energéticos.
En estos casos, la inclusión estará sujeta a una evaluación particular por parte de la autoridad competente.
Control patrimonial y capacidad de pago
Uno de los ejes centrales de la nueva reglamentación es la incorporación de indicadores de exteriorización patrimonial para determinar la capacidad económica real de los solicitantes. Según establece la disposición, la detección de estos indicadores en cualquiera de los integrantes del grupo familiar puede derivar en el rechazo de la solicitud o en la exclusión del beneficio, incluso si se cumple con el requisito de ingresos. El control se realizará mediante el cruce de datos con el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y otras bases oficiales, además de la aplicación de criterios de georreferenciación para verificar la información patrimonial declarada.
Quiénes quedan excluidos del régimen de subsidios
La normativa fija una serie de criterios objetivos de exclusión, independientemente del nivel de ingresos del hogar. No podrán acceder al SEF aquellos hogares en los que:
• Algún integrante sea propietario de al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años, salvo que exista un integrante con CUD.
• El grupo familiar posea tres o más inmuebles en conjunto.
• Al menos un integrante sea titular de una embarcación de lujo.
• Al menos un integrante posea una aeronave.
• Algún integrante cuente con activos societarios.
M.T.



