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Golpe a la causa $LIBRA: el juez Martínez de Giorgi apartó a las querellas

Gazzettino Italiano Patagónico by Gazzettino Italiano Patagónico
4 de julio de 2026
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Golpe a la causa $LIBRA: el juez Martínez de Giorgi apartó a las querellas
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El magistrado aceptó el planteo de la defensa del trader y lobista Mauricio Novelli y dejó fuera a los representantes de los estafados. La resolución se conoció pocos días después de que el Poder Ejecutivo confirmara el pliego de su esposa como jueza. La Justicia federal hizo lugar a un planteo de la defensa del trader y lobista Mauricio Novelli, y apartó del caso $LIBRA a cinco de los querellantes que habían impulsado con más ahínco las denuncias de fraude que involucran al presidente Javier Milei. La medida que beneficia tanto al jefe de Estado como a los demás involucrados en la presunta estafa fue tomada por el juez Marcelo Martínez de Giorgi, cuya esposa, Ana Juan, recibió el respaldo del Gobierno para ocupar un cargo en el Poder Judicial a través de su pliego enviado y aprobado por el Senado hace dos semanas atrás. Como consecuencia de esta decisión, los cinco inversores dejan de intervenir como querellantes, la investigación sigue bajo la conducción del fiscal Eduardo Taiano, cuestionado por su morosidad pero que a partir de este fallo se convierte en el único acusador institucional. Todos estos criterios entrarán en marcha, salvo que la decisión de Martínez de Giorgi sea revocada por la Cámara Federal, tras la apelación de los hasta ahora exquerellantes.

El fallo de Martínez de Giorgi

En un fallo de 34 páginas, Martínez de Giorgi sostuvo que esos querellantes estafados no habrían acreditado ni demostrado fehacientemente haber sido los titulares de las billeteras virtuales, a través de las cuales ingresaron al token promocionado por Javier Milei e impulsado por Novelli y el estadounidense Hayden Davis. El planteo fue presentado por la defensa de Novelli, quien sostiene que no hubo una estafa porque, al tratarse de activos digitales, no hubo estafa debido a que se trata de un mercado volátil, no regulado y riesgoso. El magistrado hizo lugar a ese argumento y apartó a cinco inversores damnificados y denunciantes contra el jefe de Estado, su hermana Karina Milei, el exfuncionario Manuel Adorni, Sergio Morales, Manuel Terrones Godoy, Novelli, Davis y otros participantes en el escándalo que en febrero de 2025 ocupó las primeras planas de los diarios internacionales.

Estafados apartados

El fallo a la carta deja sorprendentemente afuera a Juan Patricio Marchetto, Alan Vega, Matías Alejandro Paris, Braian Emanuel Quintero y Martín Romeo. Todos habían sido reconocidos como denunciantes en anteriores etapas de la investigación. Sobre ellos, el juez consideró que, aún cuando “pudieran haber experimentado pérdidas económicas por la compra de ‘$LIBRA’, ello no permite concluir, por sí solo, que ellas constituyan el perjuicio directo exigido por la ley procesal para reconocer la condición de particular damnificado, ni que aquello se vincule de forma concreta con el accionar de quienes se encuentran sometidos a investigación”. Por este motivo sostuvo que la acreditación del perjuicio concreto y directo por parte de los denunciantes “no se encuentra debidamente demostrado en el estado actual del proceso”. De esta manera, Martínez de Giorgi intepretó que no existe prueba suficiente de que esos cinco inversores hayan sufrido un daño directo atribuible a la maniobra investigada. Los cinco habían sido aceptados previamente como querellantes por decisiones confirmadas en otras instancias, pero resulta que ahora el magistrado entiende que esa legitimación puede ser revisada, según el avance de la investigación. Por lo pronto, para el juez, la condición de “particular ofendido” debe mantenerse durante toda la causa y no sólo al momento de ingresar al expediente. Y con ese argumento consideró que los querellantes no acreditaron adecuadamente ser titulares de las billeteras virtuales utilizadas, el origen de los fondos empleados para comprar $LIBRA ni la efectiva relación entre esas wallets y sus personas. En este aspecto, la resolución dice que los enlaces, capturas de pantalla y conocimiento de claves constituyen únicamente indicios, pero no prueba suficiente para demostrar la titularidad de los activos digitales.

M.T.

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