{"id":1000028213,"date":"2026-02-23T19:53:21","date_gmt":"2026-02-23T22:53:21","guid":{"rendered":"https:\/\/gazzettinoitalianopatagonico.com\/?p=1000028213"},"modified":"2026-02-23T19:53:23","modified_gmt":"2026-02-23T22:53:23","slug":"el-fallo-invalida-el-acuerdo-entre-argentina-y-eeuu-la-camara-de-exportadores-alerto-que-el-fallo-de-la-corte-suprema-de-eeuu-deja-sin-sustento-el-acuerdo-comercial-con-argentina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/gazzettinoitalianopatagonico.com\/?p=1000028213","title":{"rendered":"El fallo invalida el acuerdo entre Argentina y EEUU: La C\u00e1mara de Exportadores alert\u00f3 que el fallo de la Corte Suprema de EEUU deja sin sustento el acuerdo comercial con Argentina"},"content":{"rendered":"\n<p>La decisi\u00f3n de la Corte Suprema de los EEUU de declarar ilegales los aranceles impuestos por el presidente Donald Trump tiene implicancias directas y profundas para la Argentina. As\u00ed lo se\u00f1al\u00f3 la C\u00e1mara de Exportadores de la Rep\u00fablica Argentina (CERA). M\u00e1s all\u00e1 del impacto global, el fallo golpea el n\u00facleo del reciente entendimiento comercial entre Argentina y EEUU y deja en suspenso el principal beneficio arancelario que se obtuvo.<\/p>\n\n\n\n<p>El m\u00e1ximo tribunal estadounidense resolvi\u00f3 el viernes pasado, por 6 votos contra 3, que la Ley de Poderes Econ\u00f3micos de Emergencia Internacional (Ieepa, por sus siglas en ingl\u00e9s) habilita al presidente a \u00abregular\u00bb las importaciones ante una emergencia nacional. Pero remarc\u00f3 que no lo faculta a imponer impuestos, una atribuci\u00f3n que corresponde al Congreso salvo delegaci\u00f3n expresa. Con ese argumento, declar\u00f3 ilegales tanto los aranceles vinculados a la crisis del fentanilo como los denominados aranceles rec\u00edprocos del Liberation Day. En el caso argentino implicaban un recargo de 10%.<\/p>\n\n\n\n<p>Para la Argentina, el punto m\u00e1s sensible es el impacto sobre el Acuerdo sobre Comercio e Inversiones Rec\u00edprocos, ARTI, que se anunci\u00f3 en noviembre de 2025. Y cuyo texto se public\u00f3 el 05 de febrero \u00faltimo. El compromiso central que asumi\u00f3 EEUU en ese marco era reducir de 10% a 0% el arancel rec\u00edproco aplicado a 1.675 posiciones arancelarias de exportaci\u00f3n argentina.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, ese arancel rec\u00edproco es exactamente el que la Corte Suprema declar\u00f3 ilegal. La CERA, que conduce Fernando Landa, subray\u00f3 que \u00abeste arancel rec\u00edproco es justamente el que la Corte Suprema de EEUU declar\u00f3 como ilegal. Invalidando as\u00ed la \u00fanica concesi\u00f3n en materia de acceso a mercados que brindaba a nuestro pa\u00eds\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>En otras palabras, el principal beneficio concreto que Argentina consigui\u00f3 en t\u00e9rminos de acceso al mercado estadounidense queda sin sustento jur\u00eddico. La reducci\u00f3n a 0% ya no depende de la voluntad pol\u00edtica bilateral, sino de una decisi\u00f3n judicial que directamente anul\u00f3 la herramienta legal utilizada para imponer ese gravamen.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, el acuerdo no inclu\u00eda concesiones en aranceles Naci\u00f3n M\u00e1s Favorecida ni mejoras para los bienes alcanzados por la Secci\u00f3n 232, como acero, aluminio, automotriz, madera y muebles. Es decir, fuera de la eliminaci\u00f3n del 10% rec\u00edproco, no hab\u00eda otros alivios arancelarios estructurales para la oferta exportable argentina.<\/p>\n\n\n\n<p>Un acuerdo que pierde base legal antes de llegar al Congreso<\/p>\n\n\n\n<p>Otro elemento central es que Argentina a\u00fan no envi\u00f3 el ARTI al Congreso para su aprobaci\u00f3n. Esto abre un interrogante pol\u00edtico e institucional de peso. La C\u00e1mara de Exportadores advirti\u00f3 que, tras el fallo, \u00abel texto del ARTI perder\u00eda sustento legal\u00bb. La frase sintetiza el dilema. Un acuerdo cuya principal concesi\u00f3n se invalid\u00f3 por la Justicia estadounidense dif\u00edcilmente pueda avanzar en su tr\u00e1mite parlamentario sin una renegociaci\u00f3n previa o una redefinici\u00f3n integral.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el Gobierno, que present\u00f3 el entendimiento como un avance estrat\u00e9gico en la relaci\u00f3n bilateral, la sentencia implica la necesidad de recalibrar expectativas. Y evaluar si conviene reformular el acuerdo, ampliarlo o directamente esperar una nueva arquitectura comercial en Washington.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde el punto de vista sectorial, la anulaci\u00f3n del arancel rec\u00edproco del 10% ten\u00eda un efecto potencialmente positivo inmediato. Al eliminar una barrera adicional sobre una amplia gama de productos argentinos. Sin embargo, al declararse ilegal el instrumento que lo impon\u00eda, el beneficio se diluye como concesi\u00f3n negociada y queda sujeto a c\u00f3mo EEUU reordene su esquema arancelario.<\/p>\n\n\n\n<p>La incertidumbre no es menor. La C\u00e1mara de Exportadores se\u00f1al\u00f3 que la decisi\u00f3n \u00abimplica una disrupci\u00f3n significativa a la pol\u00edtica comercial del presidente Trump. Y mantiene el escenario de incertidumbre para el comercio internacional\u00bb. Para las empresas argentinas que exportan a EEUU, esto se traduce en dudas sobre reglas de juego, plazos y condiciones futuras. A esto se suma que los aranceles aplicados bajo la Secci\u00f3n 232 no fueron objeto del fallo. Como el ARTI no contemplaba mejoras en ese frente, los sectores afectados por esas medidas contin\u00faan sin cambios en su situaci\u00f3n de acceso al mercado estadounidense.<\/p>\n\n\n\n<p>En este contexto complejo, hay un punto que ofrece mayor previsibilidad. La cuota de carne bovina de 80.000 toneladas m\u00e9tricas que otorg\u00f3 EEUU a la Argentina no formaba parte del texto del ARTI. Sino que se concedi\u00f3 mediante la proclama \u00abAsegurar carne asequible para el consumidor estadounidense\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ese motivo, no habr\u00eda razones para que deje de regir tras el fallo de la Corte. Esto representa un alivio para el sector c\u00e1rnico argentino, que considera al mercado estadounidense como estrat\u00e9gico tanto por volumen como por valor. La continuidad de la cuota permite aislar, al menos parcialmente, a uno de los complejos exportadores m\u00e1s relevantes del impacto directo de la sentencia. Aunque el clima general de revisi\u00f3n de la pol\u00edtica comercial estadounidense seguir\u00e1 influyendo en las expectativas.<\/p>\n\n\n\n<p>Un escenario que obliga a redefinir la estrategia<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de los aspectos t\u00e9cnicos, el fallo obliga a la Argentina a repensar su estrategia comercial con EEUU. La anulaci\u00f3n judicial de los aranceles que se aplicaron bajo la Ieepa no s\u00f3lo afecta una medida puntual, sino que altera el marco en el que se negoci\u00f3 el ARTI. Tambi\u00e9n queda pendiente la discusi\u00f3n sobre los aproximadamente US$ 170.000 millones que recaud\u00f3 EEUU en concepto de los aranceles ahora declarados ilegales. Si bien ese debate se dar\u00e1 en tribunales inferiores y no est\u00e1 directamente vinculado a la Argentina, el desenlace puede incidir en el clima pol\u00edtico y fiscal en Washington.<\/p>\n\n\n\n<p>En definitiva, lo que parec\u00eda un paso concreto hacia una mayor apertura del mercado estadounidense para productos argentinos se transforma en un escenario de transici\u00f3n. La principal concesi\u00f3n que se negoci\u00f3 pierde sustento, el acuerdo bilateral queda en pausa y la relaci\u00f3n comercial deber\u00e1 adaptarse a un nuevo equilibrio institucional en Estados Unidos.<\/p>\n\n\n\n<p>Para la Argentina, el desaf\u00edo ser\u00e1 convertir esta disrupci\u00f3n en una oportunidad de renegociaci\u00f3n m\u00e1s amplia. O al menos en una instancia para fortalecer su posicionamiento en un contexto internacional donde las reglas vuelven a estar en discusi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>A.G.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La decisi\u00f3n de la Corte Suprema de los EEUU de declarar ilegales los aranceles impuestos por el presidente Donald Trump tiene implicancias directas y profundas para la Argentina. As\u00ed lo se\u00f1al\u00f3 la C\u00e1mara de Exportadores de la Rep\u00fablica Argentina (CERA). 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